viernes, 30 de mayo de 2014

UNIVERSIDAD NACIONAL DE LAS ARTES



 Si bien la formación en dibujo, grabado, escultura y pintura se remonta en Argentina a las Misiones Jesuíticas, la primera escuela de enseñanza de ingeniería náutica y dibujo fue creada en 1799 por Manuel Belgrano, siendo Cónsul Real del Virreinato del Río de la Plata y cerrada en 1806 por el Rey de España.

Posteriormente otras escuelas de arte fueron creadas por el padre Castañeda (1815) en Recoleta, por el Gral. San Martín (1817) en Mendoza, por la Universidad de Buenos Aires (1821), seguidos por los talleres que se abrieron y cerraron durante el resto del Siglo XIX, a cargo de artistas españoles, italianos y franceses. En 1879 la Sociedad Estímulo de Bellas Artes creó los Talleres Libres para el “estudio del dibujo del natural y de la estatuaria” y en 1905 el Poder Ejecutivo Nacional los convirtió en la primera Institución que otorgó títulos oficiales de arte. De esa Academia devino con sucesivos nombres la que se conoció finalmente como Escuela Nacional de Bellas Artes Prilidiano Pueyrredón, que otorgó los títulos docentes oficiales para la enseñanza de dibujo, escultura, grabado y pintura.

En el año 1947 un grupo de artistas y profesores de Bellas Artes solicitaron y lograron tener una audiencia con la Compañera Evita. La inquietud de la delegación era la formación de una Academia Nacioanal de Bellas Artes con sedes en todas las regiones del País que unificara los títulos y contenidos a nivel nacional.

En la reunión los profesores y artistas le entregaron a la compañera tres carpetas con cientos de hojas donde describían como debería ser esa Academia Nacional de Bellas Artes. El vocero del grupo le explicaba a Evita que el material escrito era producto de muchísimas reuniones que habían tenido en el transcurso de seis meses. Antes que terminara de hablar y ante el desconcierto de todos los presentes, la compañera Evita toma las voluminosas carpetas, las tira al canasto de la basura y les dice: "Yo les pongo a disposicion un avion del estado para que recorran todo el territorio argentino. Pinten, dibujen, hagan lo que tengan que hacer y cuando comprendan la escencia de nuestra tierra me traen un nuevo proyecto de Academia de Bellas Artes. Solo se realizaron dos viajes, después por cuestiones de egos y vedetismos propios de muchos artistas el proyecto nunca llegó a concretarse.


Hoy me recordó el compañero y hermano de militancia Osvaldo Sorrentino. Ayá por el año 81-82 creamos junto con él y varios compañeros el FREPEBA (Frente Peronista de Bellas Artes), esta organización tenía una caracteristica pocas veces lograda, lo integrabamos los Estudiantes, Profesores y Egresados de la Escuela Nacional de Bellas Artes Prilidiano Pueyrredon, logrando de esta manera una unidad de acción y concepción en todos los sectores de la cominudad educativa. Entre todos los compañeros y aun en dictadura civico-militar, elaboramos un proyecto para que todas las carreras artísticas se convirtieran en una Universidad Nacional de las Artes, pensando que, en algún momento, la situación política nacional nos daría la oportinidad de hacerlo realidad efectiva. Esta semana de Mayo de 2014, con el voto del Senado de la Nación aquel viejo sueño comenzó a hecerse, justamente, realidad efectiva.



PD: Algo personal. Los tiempos cambian y lo que ayer luché como estudiante hoy lo disfruto como profesor en la carrera de Conservación, Restauración de Bienes Culturales del ex IUNA, ahora Universidad Nacional de las Artes. La lucha continúa para que sus contenidos académicos sean Nacionales y Populares como en 1947 lo había propuesto la compañera Evita.


 El Chino.

martes, 27 de mayo de 2014

GRAFITTIlingos

Sos rebelde? Tenes huevos? Sos antisistema?, Queres ser un artista de vanguardia?.
ANDA Y PINTATE UNO COMO ESTE...Tilingo!


 

viernes, 23 de mayo de 2014

Cartas marcadas...

Muy buena la estrategia de nuestro gobierno no solo para desmontar la opereta terrorista mediatica, sino también, siendo tiempistas políticos, esperar lo necesario y que sea el propio Papa quien los sacuda. 
No por nada Perón es nuestro maestro!


jueves, 22 de mayo de 2014

TERRORISMO MEDIATICO

El grupo de tareas Clarín, como en los años mas oscuros de la dictadura cívico-militar, persigue violentamente compañeros todos los días. En aquellos años lo hacia montado en los nefastos "Falcon verdes", hoy lo hace montado en operaciones mediáticas miserables. Ayer nos mataban o desaparecían. Ahora desde sus centros de operaciones nos señalan, nos acusan y nos condenan a desaparecer políticamente. Como lo hicimos con los represores militares es hora de terminar con estos represores civiles. El Grupo de Tareas Clarín es una asociación ilícita beligerante que le ha declarado la guerra al Estado Argentino y el Estado somos todos. El amor vence al odio y la sabiduría popular vence a la "inteligentzia" de los poderoso. Es hora de poner en práctica esa sabiduría, sin olvidar que somos una revolución en paz. Nuestro sueño es su peor pesadilla. 

El Chino.

martes, 20 de mayo de 2014

AFICHE... Las berretas operetas opositoras...

Y si este no funciona el próximo será: SCIOLI-MASSA-DUHALDE y lo firmará el "Chapo" Guzman, el portero Mangeri y el hijo de Porcel. 

 Después del último Congreso Nacional de PJ quedó en claro quienes tienen intenciones de participar de las PASO del FPV: Julian Domínguez, Aníbal Fernández,Florencio Randazzo, Agustín Rossi, Daniel Scioli,Sergio Urribarri y Juan Manuel Urtubey; todos ellos fueron designados Vicepresidentes Honorarios del Partido Justicialista Nacional. Quizas con el tiempo alguno se bajará; puede ser también que, si el momento político lo amerita, el candidato surja por concenso en una sola lista y con el aval de la conductora del Proyecto Cristina Fernandez de Kirchner. Pueden pasar muchas cosas en el escenario político en los proximos meses. Todo puede pasar, menos que alguno de estos compañeros saque los pies del plato por mas afiches que inventen desde las cuevas opositoras. 

 Sea quien sea nuestro candidato a Presidente en el 2015 el FPV ganará las elecciones, la conducción política del Proyecto Nacional y Popular seguirá siendo Cristina Fernandez de Kirchner y la garantía de NUNCA MENOS serermos los militantes. Todo lo demás es solo: "Bailando por un sueño". 

 El Chino.

jueves, 1 de mayo de 2014

1 DE MAYO, LOS PRINCIPIOS SOCIALES...

El Presidente Juan Domingo Perón, en un acto organizado por la C.G.T. en el Teatro Colón, de la ciudad de Buenos Aires, proclamó los Derechos del Trabajador el día 24 de febrero de 1947. El original del documento, fue entregado por Perón en custodia, al secretario general de la Confederación General del Trabajo (C.G.T) de la República Argentina, durante el acto de su elección. 

Estos derechos, fueron posteriormente formalizados a través de un decreto del Poder Ejecutivo Nacional, el día 7 de marzo de 1947, bajo el número 4.865, y luego fueron incorporados en el artículo 37 de la Constitución de la Nación Argentina, sancionada por la Convención Constituyente, el 11 de marzo de 1949. 



El Presidente de la Nación Argentina, haciéndose intérprete de los anhelos de justicia social que alientan los pueblos, y teniendo en cuenta que los derechos derivados del trabajo, al igual que las libertades individuales, constituyen atributos naturales, inalienables e imprescriptibles de la personalidad humana, cuyo desconocimiento o agravio es causal de antagonismos, luchas y malestares sociales, considera necesario y oportuno, enunciarlos mediante una declaración expresa, a fin de que, en el presente y en el futuro, sirva de norma, para orientar la acción de los individuos y de los poderes públicos, dirigida a elevar la cultura social, dignificar el trabajo y humanizar el capital, como la mejor forma de establecer el equilibrio, entre las fuerzas concurrentes de la economía y de afianzar, en un nuevo ordenamiento jurídico, los principios que inspiran la legislación social. 

Por ello, y de acuerdo con estos propósitos y fines, formula solemnemente la siguiente declaración: 

I. Derecho de trabajar 
El trabajo es el medio indispensable para satisfacer las necesidades espirituales y materiales del individuo y de la comunidad, la causa de todas las conquistas de la civilización y el fundamento de la prosperidad general; de ahí que el derecho de trabajar, debe ser protegido por la sociedad, considerándolo con la dignidad que merece, y proveyendo ocupación a quien la necesite. 

II. Derecho a una retribución justa 
Siendo la riqueza, la renta y el interés del capital, fruto exclusivo de trabajo humano, la comunidad debe organizar y reactivar la fuente de producción en forma de posibilitar y garantizar al trabajador, una retribución moral y material que satisfaga sus necesidades vitales y sea compensatoria del rendimiento obtenido y del esfuerzo realizado. 

III. Derecho a la capacitación 
EI mejoramiento de la condición humana y la preeminencia de los valores del espíritu, imponen la necesidad de propiciar la elevación de la cultura y de la aptitud profesional, procurando que todas las inteligencias puedan orientarse hacia todas las direcciones del conocirniento, e incumbe a las sociedades, estimular el esfuerzo individual proporcionando los medios para que, en igualdad de oportunidades, todo individuo puede ejercitar el derecho a aprender y perfeccionarse. 

IV. Derecho a condiciones dignas de trabajo 
La consideración debida al ser humano, la importancia que el trabajo reviste como función social y recíproco entre los factores concurrentes de la producción, consagran el derecho de los individuos a exigir condiciones dignas y justas para el desarrollo de su actividad y la obligación de la sociedad, de velar por la estricta observancia de los preceptos que las constituyen y reglamentan. 

V. Derecho a la preservación de la salud 
El cuidado de la salud física y moral de los individuos, debe ser una preocupación primordial y constante de la sociedad, a la que corresponde velar para que el régimen de trabajo, reúna los requisitos adecuados de higiene y seguridad, no exceda las posibilidades normales de esfuerzo y posibilite la debida oportunidad de recuperación por el reposo. 

VI. Derecho al bienestar 
El derecho de los trabajadores al bienestar, cuya expresión mínima se concreta en la posibilidad de disponer de vivienda, indumentaria y alimentación adecuadas, de satisfacer sin angustias sus necesidades y las de sus familias, en forma que les permita trabajar con satisfacción, descansar libres de preocupaciones y gozar desmesuradamente de expansiones espirituales y materiales, impone la necesidad social de elevar el nivel de vida y de trabajo, con los recursos directos e indirectos que permita el desenvolvimiento económico. 


VII. Derecho a la seguridad social 
EI derecho de los individuos a ser amparados en los casos de disminución, suspensión o pérdida de su capacidad de trabajo, promueve la obligación de la sociedad de tomar unilateralmente a su cargo, las prestaciones correspondientes o de promover regímenes de mutual obligatoria destinados, unos y otros, a cubrir o complementar las insuficiencias o inaptitudes de ciertos períodos de la vida o las que resulten de infortunios provenientes de riesgos eventuales. 

VIII. Derecho a la protección de la familia 
La protección de la familia, responde a un natural designio del individuo, desde que en ella genera sus más elevados sentimientos afectivos y todo empeño tendiente a su bienestar, debe ser estimulado y favorecido por la comunidad, como el medio más indicado de propender el mejoramiento del género humano y a la consolidación de principios espirituales morales, que constituyen la esencia de la convivencia social. 

IX Derecho al mejoramiento económico 
La capacidad productora y el empeño de superación, harán un natural incentivo en las posibilidades del mejoramiento económico, por lo que la sociedad debe apoyar y favorecer las iniciativas de los individuos, tendientes a ese fin y estimular la formación y utilización de capitales, en cuanto constituyen elementos activos de la producción y contribuyen a la prosperidad general. 

X. Derecho a la defensa de los interés profesionales 
El derecho de agremiarse libremente, y de participar en otras actividades lícitas, tendientes a la defensa de los intereses profesionales, constituyen atribuciones esenciales de los trabajadores, que la sociedad debe respetar y proteger, asegurando su libre ejercicio, y reprimiendo todo acto que pueda dificultarlo o impedirlo.