miércoles, 6 de octubre de 2010

LA JUSTICIA

El fallo de la Corte suprema de justicia sobre la cautelar presentada por el grupo sedicioso Clarín con respecto a la Ley de Medios Audiovisuales en su articulo 161, sigue generando distintas apreciasiones depende del interés de quien las exponga.

Podemos decir que a favor de quienes apoyamos la ley de medios de la Democracia el fallo tiene varias definiciones importantes:
-Dictamina la vigencia absoluta de la Ley.
-Determina que es Constitucional en general
-Pone un plazo perentorio y razonable para que el Juez de primera instancia se expida sobre el fondo de la cuestión: si el articulo 161 conculca o no derechos adquiridos y si significa un perjuicio económico flagrante para los intereses del Grupo Clarín.
-Le otorga el derecho al Estado Nacional de presentar un recurso extraordinario ante el Tribunal Supremo en caso que el Juez de primera instancia se exceda en el tiempo.
-Advierte a los jueces de primera instancia sobre el mal uso de la medidas cautelares.
-La medida cautelar solo involucra al Grupo Clarín.

Ahora veamos que contiene el fallo a favor de los intereses del grupo sedicioso Clarín:
-No se expide ni a favor ni en contra de la cautelar
-Le otorga un tiempo perentorio y razonable para seguir incumpliendo con la ley.
-Le otorga la posibilidad que el juez de primera instancia falle a favor del grupo.

A mi como al resto de los compañeros que estamos convencidos que la Ley de Servicios Audiovisuales es la garantía para democratizar la palabra en nuestra Patria, nos hubiera gustado que la Corte diera por terminado el tema rechazando la cautelar, pero todos sabíamos que por jurisprudencia y por historia, la Corte Suprema de Justicia nunca se expidió a favor o en contra de una medida de esta naturaleza. La corte se expide en general sobre el fondo de cuestiones que tengan que ver con la constitucionalidad de leyes o fallos y no sobre otros asuntos.

Ahora visto el fallo desde lo jurídico realmente es una derrota para el grupo Clarín.
El haber puesto La Corte, un tiempo perentorio y razonable para que se expida el Juez de primera instancia, obliga al magistrado a expedirse antes de mediados del año que viene, que es cuando se cumpliría el año a partir de la reglamentación de la ley de medios, tiempo en el cual Clarín tendría que desinvertir para cumplir con la ley.
Y sobre todas las cosas el fallo ratifica la vigencia plena de la ley de Servicios Audiovisuales, lo que permite al Gobierno Nacional seguir avanzando en su implementación.

Quizás este pedido que dejo para el final habrá una polémica pero al menos yo estoy convencido:
Quiero una Justicia que se parezca a la Corte Suprema de Justicia impulsada y nombrada por el Gobierno Peronista que comenzó con Nestor en el 2003 y sigue hoy con Cristina.
No quiero mas jueces y fiscales que juraron sobre las actas de la dictadura.
Será justicia SOCIAL!

El Caniche Chino

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